
La Secretaría de Gobierno de Caldas informó que únicamente se tramitará el permiso de movilidad en el departamento en los siguientes casos y solo cuando se deba circular entre dos o más municipios de Caldas:
- “4. Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
- “5. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito. (Situación imprevista o irresistible)”.
Estas actividades son las autorizadas en el artículo tercero del Decreto Legislativo No. 636 de mayo 6 de 2020. }
Para dichos permisos, los ciudadanos podrán entrar a la página web de la Gobernación de Caldas, donde encontrarán el formato de solicitud que deberán diligenciar. Luego, lo remiten escaneado y con todos los soportes requeridos, al correo electrónico: gobierno.covid19@
El dato
La Secretaría de Gobierno de Caldas tiene un término de 10 días hábiles (sin contar fines de semana y festivos), para darles respuesta a las solicitudes de los ciudadanos. Se viene trabajando arduamente en mejorar los tiempos de respuesta para dar atención en el menor tiempo posible.



